viernes, 20 de julio de 2007

HIPOTECA

PROCESOS HIPOTECARIOS, Y ALGÚNOS TÉRMINOS


Una vez se ha señalado la vivienda a adquirir comienza el proceso hipotecario.

Hay que recoger la documentación financiera y económica necesaria, la escritura de la vivienda para poder solicitar la Tasación y averiguar si existe alguna carga en el Registro.


Tasación:
Es un informe que realiza un arquitecto técnico o profesional similar que tras visitar el inmueble establece una valoración acorde al mercado hipotecario y advierte de las posibles deficiencias.
Los tasadores también realizan consultas urbanísticas con el Ayuntamiento para comprobar la legalidad de las edificaciones, así como licitaciones de venta, valores máximos reales en el caso de viviendas protegidas, etc.



Notarías: Funcionario público autorizado para dar fe de los contratos, testamentos y otros actos extrajudiciales. conforme a las leyes.

Gestorías:
- Gestorías de busques: gestionan la información registral previa a la concesión del préstamo hipotecario.
- Gestoría de trámites: gestionan todos los pagos derivados de la hipoteca (y compraventa), así como la correcta inscripción en el Registro de la Propiedad como primera carga del inmueble.


Nota simple:

La Nota Simple Registral es un documento expedido por el Registro de la Propiedad, en el que se declara la situación de cargas respecto a una finca así como el propietario, vendedor o hipotecante.

La nota simple proporciona información breve y concisa, en soporte papel, sobre la situación jurídica de una finca (breve descripción, propietario y cargas, si las hubiera).
Puede obtenerse, si se conoce todos los datos regístrales de la finca :
mediante solicitud dirigida, por cualquier medio, al Registro de la Propiedadcorrespondiente o a través de cualquier otro Registro
acudiendo a un proveedor de este tipo de información ( gestoría, notaría, páginaweb de registradores)
Se convierte en un trámite imprescindible previo a la compra de una casa si se quiere adquirir con todas las garantías. Por ejemplo, conocer su situación registral, saber si quien dice que vende es el dueño real, si existen cargas sobre el inmueble, etc.
El Registro de la Propiedad es una Oficina pública que sirve para inscribir y dar publicidad a la propiedad de los bienes inmuebles y de los derechos que recaen sobre los mismos.
Tiene pues, la función de llevar los libros oficiales en los que consten todas las circunstancias que afectan a las fincas de la demarcación correspondiente a dicho Registro. Estas circunstancias son las relativas a la propiedad: cargas, transmisiones, notas marginales, etc.
El Registro contempla la posibilidad de solicitar información con carácter puntual o
continuado. Esto último supone que durante 10 días, el peticionario es informado de
los cambios que se produzcan en la finca o en las fincas elegidas, bien recibiendo un
correo negativo cada día o bien recibiéndolo tan sólo cuando existan cambios. En estos
casos el documento pasa a denominarse Nota Simple Continuada. Se puede pedir al Notario.

Cuando solicitamos una nota simple no continuada, hablamos de busque registral. Los
busques se solicitan a las gestorías de busques asignadas a la operación.
La validez de las notas simples no es mayor a 3 meses.


Gastos:
Toda operación hipotecaria lleva la constitución de un depósito de gastos.
Los pagos que deben realizarse por cada Título son los siguientes:
Gastos de Notaría
Impuestos
Gastos de Gestoría
Gastos de Registro

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